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miércoles, 22 de septiembre de 2010

Clasificacion de Contrato de Mutuo

Al análizar esta fígura jurídica, el mutuo, me encuentro con que puede confundirse al mutuo con el prestámo ya que en primera instancia en ambas figuras se maneja la transferencia de dinero quea a un tercero y que al final debe ser restituida. Pero podriamos decir que el mutuo al encontrarse regulado por el Código Civil del DF, regula los contratos de este tipo que son celebrados entre particulares; si bien con la finalidad de transferir dinero o bienes fungibles, dicha transferencia no tiene como destino final un acto de comercio.

Por su parte el Prestámo Mercantil está regulado por el Código de Comercio y por tanto es aquel que se da entre comerciantes, lo que diferencia esencialmente del contrato de mutuo. Además de que dicho prestámo se destinara para actos de comercio.



Partiendo del análisis anterior tenemos que el contrato de mutuo nace cuando dos personas estan de acuerdo, una en transmitir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles (mutuante) y la otra en devolver (mutuario) en devolver otro tanto de la misma especie y calidad.

Por tanto el mutuo es:
a) Traslativo de dominio
b) Bilateral
c) Gratuito (Mutuo Simple)
d) Oneroso (Mutuo con intereses)
d.1) Interes Legal (9%)
d.2) Interes Convencional (> ó < al 9%)
e) Consensual en Oposición a Real
f) Tracto Sucesivo
g) Conmutativo

Vale la pena recordar que en el caso del mutuo con intereses convenidos, el mutuario puede reducir el interes si este es muy desproporcionado hasta el interes legal. Además de que para el mutuante podría atribuirsele un delito de fraude (artículo 387 fracción VIII del Codigo Penal)

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